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Aborto legal ¿seguro? 721 casos lo refutan

La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) informó sobre 721 reacciones adversas en la salud de las mujeres por el uso de los fármacos misoprostol y mifepristona utilizados para provocar el aborto, práctica legal hasta las doce semanas de gestación en la Ciudad de México desde 2007.

Se cuentan como reacciones adversas al uso de los fármacos, síncope, el sangrado vaginal, leucorrea, ansiedad, anemia, astenia, endometritis, hemorragia uterina, sinusitis, vaginitis, dispepsia, enfermedad inflamatoria de la pelvis, insomnio, dolor de piernas, infecciones virales, cólicos y calambres uterinos, dolor abdominal, vómito, diarrea, náuseas, dolor de espalda y fatiga.

Según la información presentada la mayoría de este tipo de reacciones al misoprostol reportadas por el Centro Nacional de Farmacovigilancia, se refieren a trastornos endocrinos, gastrointestinales y del sistema nervioso; en cuanto a la mifepristona, se concentran en trastornos al aparato reproductor.

Los datos fueron revelados en virtud de una solicitud de información pública de un particular enviada a la Cofepris; la respuesta a la solicitud, en primer término fue la inexistencia de la información, por lo cual se interpuso el recurso de revisión ante el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) que ordenó la búsqueda, que reveló los 721 casos de reacciones adversas por el uso de los citados fármacos entre los años 2010 y 2017.

En específico algunos datos relevantes referentes al del misoprostol se encuentran 58 casos de trastornos al sistema nervioso, 20 al sistema inmunes, 18 trastornos cardiacos, 309 endocrinos y 225 gastrointestinales, entre muchos otros, sumando 712 casos. En cuanto a la mifepristona se registran 3 al sistema nervioso, 5 al aparato reproductor y un caso de afectación gastrointestinal.

Por otro lado, al presentarse sólo información estadística que no cubre la totalidad de la pedido en la solicitud de información, el particular interpuso un amparo. Así el Vigésimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, ordenó al Instituto verificar si existen procedimientos, sanciones o resoluciones de la Cofepris respecto de estas reacciones adversas.

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